Tabla de Contenido
Toggle- Subsidio para Vivienda Usada: lo que debes saber del Decreto 775 de 2025
- ¿Por qué se permite ahora el subsidio para vivienda usada?
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- OFICINA EN VENTA | CHICÓ NORTE – PARQUE DE LA 93
- ¿Cómo postularse al subsidio para vivienda usada?
- ¿Cuál es el futuro del programa “Mi Casa Ya”?
- Conclusión: una oportunidad real de tener casa propia
Subsidio para Vivienda Usada: lo que debes saber del Decreto 775 de 2025
Subsidio para Vivienda Usada es la principal novedad del Decreto 775 de 2025, una norma que actualiza el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social en Colombia. Esta reforma busca facilitar el acceso a vivienda digna para los sectores más vulnerables del país, ampliando la cobertura del subsidio estatal a la compra de inmuebles usados. Se trata de un paso clave hacia la equidad habitacional, con criterios diferenciales que priorizan a poblaciones históricamente marginadas.
El decreto, vigente desde el 7 de julio de 2025, modifica y adiciona disposiciones del Decreto 1077 de 2015, estableciendo un marco más flexible y equitativo para el acceso a vivienda. Aquí explicamos qué cambia, quiénes pueden beneficiarse y cómo acceder a este subsidio.
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¿Por qué se permite ahora el subsidio para vivienda usada?
La gran pregunta que muchos se hacen es: ¿por qué habilitar el subsidio para viviendas que ya fueron habitadas? La respuesta está en la necesidad urgente de enfrentar el déficit habitacional en zonas donde la oferta de vivienda nueva es insuficiente.
El Decreto 775 de 2025 reconoce que comprar vivienda usada puede ser más económico y viable para muchas familias, especialmente en ciudades con infraestructura consolidada. Aprovechar el tejido urbano ya existente también permite avanzar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, al reutilizar zonas habitadas con servicios públicos, vías y equipamientos ya disponibles.
Además, esta medida rompe barreras de exclusión social, permitiendo que más hogares puedan aplicar al subsidio, sin depender exclusivamente de proyectos nuevos, que muchas veces tardan años en desarrollarse o no llegan a todas las regiones.
¿Quiénes pueden acceder al subsidio para vivienda usada?
El Decreto establece condiciones específicas para acceder a esta nueva modalidad del subsidio familiar de vivienda. En principio, la medida está dirigida a hogares en situación de vulnerabilidad, siempre que cumplan con ciertos requisitos:
Víctimas del conflicto armado incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
Personas en proceso de reincorporación, de acuerdo con los listados de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).
Madres comunitarias, Famis y sustitutas, certificadas por el ICBF.
Recicladores de oficio, debidamente registrados ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios o en el sistema que defina el Ministerio de Vivienda.
Hogares ubicados en zonas con baja oferta de vivienda nueva, donde se justifique la adquisición de vivienda usada.
Estos grupos fueron reconocidos por la Corte Constitucional como sujetos de especial protección, y el Decreto responde con acciones afirmativas concretas, ampliando las oportunidades para acceder al derecho fundamental a una vivienda digna.
¿Qué condiciones debe cumplir la vivienda usada?
No cualquier vivienda usada puede ser objeto del subsidio. El Decreto es claro en exigir que estos inmuebles cumplan con ciertos estándares mínimos de legalidad y habitabilidad:
Deben haber sido construidos con licencia urbanística o contar con acto de reconocimiento de edificación (cuando fueron construidos antes de la vigencia de la Ley 1848 de 2017).
No pueden estar en zonas de alto riesgo no mitigable, ni en áreas protegidas, de reserva o de infraestructura pública.
Deben contar con acceso a servicios públicos domiciliarios y cumplir condiciones sanitarias, estructurales y urbanísticas que garanticen un mínimo de calidad de vida.
En caso de incumplimiento, los interesados deberán abstenerse de postular esa vivienda. El Ministerio de Vivienda establecerá asistencia técnica para facilitar el proceso de selección y evaluación de las viviendas usadas.
¿Cuánto dinero se puede recibir por este subsidio?
El valor del subsidio para vivienda usada depende de la entidad otorgante y del perfil del hogar:
Para subsidios entregados por Fonvivienda (Gobierno Nacional), el monto máximo es de 30 SMMLV para hogares del grupo Sisbén A1 a CB, y de 20 SMMLV para los grupos C9 a D20.
Para subsidios de las Cajas de Compensación Familiar, los valores varían según los ingresos del hogar, pero en ningún caso exceden los topes establecidos para cada modalidad.
En todos los casos, se exige que el valor del inmueble esté respaldado por un avalúo comercial, y los recursos pueden combinarse con créditos, ahorro o aportes de otras entidades.
¿Qué otras modalidades de subsidio siguen vigentes?
El Decreto 775 de 2025 también reafirma y detalla las siguientes modalidades del subsidio familiar de vivienda:
Adquisición de vivienda nueva, ya sea en preventa, construcción o entrega inmediata.
Construcción en sitio propio, sobre lote propio urbanizado o entregado por una entidad territorial.
Mejoramiento de vivienda, para superar condiciones precarias en infraestructura, ventilación, servicios, entre otros.
Arrendamiento y arrendamiento con opción de compra, una alternativa para quienes aún no pueden adquirir vivienda propia.
Estas modalidades siguen disponibles y el subsidio puede aplicarse una sola vez, salvo en casos excepcionales donde se demuestre pérdida, destrucción o imposibilidad de uso de la vivienda.
¿Cómo postularse al subsidio para vivienda usada?
El proceso de postulación sigue las reglas generales del programa de vivienda de interés social. Los hogares interesados deben:
Estar clasificados en el Sisbén IV entre A1 y D20.
No ser propietarios de vivienda.
No haber sido beneficiarios anteriores de subsidios de adquisición, salvo en casos de mejoramiento o arrendamiento.
Contar con una carta de aprobación de crédito o leasing habitacional de una entidad autorizada.
Cumplir con requisitos adicionales si se postulan para adquirir vivienda usada bajo los criterios del parágrafo 5° y 6° del artículo 2.1.1.4.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015.
Además, las entidades financieras tienen la obligación de informar a los hogares sobre esta posibilidad si detectan que cumplen con las condiciones. La postulación debe estar acompañada de todos los documentos exigidos por Fonvivienda o la Caja de Compensación correspondiente.
¿Qué beneficios tiene esta modificación para el país?
Permitir el subsidio para vivienda usada tiene impactos positivos directos e indirectos:
Reduce el déficit habitacional, especialmente en zonas urbanas consolidadas.
Disminuye tiempos de espera para acceder a una vivienda digna.
Revaloriza sectores urbanos existentes, generando movilidad económica y social.
Impulsa el mercado inmobiliario secundario, dinamizando la economía local.
Fomenta la equidad social, al priorizar poblaciones vulnerables.
Con esta medida, el Estado colombiano da un paso relevante hacia el cumplimiento del derecho constitucional a la vivienda digna, con instrumentos concretos que permiten soluciones rápidas, sostenibles y enfocadas en las necesidades reales de la población.
¿Cuál es el futuro del programa “Mi Casa Ya”?
Una de las decisiones más llamativas del Decreto 775 de 2025 es la eliminación de la marca “Mi Casa Ya”, por mandato de la Ley 2345 de 2023, que prohíbe la utilización de marcas de Gobierno.
Desde ahora, el programa pasa a llamarse oficialmente “Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social”, enmarcado en una estrategia nacional de largo plazo para cerrar la brecha habitacional. El cambio de nombre responde a una intención de institucionalizar la política pública y evitar su politización en futuros gobiernos.
Conclusión: una oportunidad real de tener casa propia
El Decreto 775 de 2025 representa una verdadera apuesta estructural por la justicia social. La inclusión de la vivienda usada como opción subsidiada es una decisión acertada que responde a la realidad de millones de colombianos que necesitan soluciones habitacionales inmediatas y accesibles.
Subsidio para Vivienda Usada no es solo una política económica, es un reconocimiento del Estado a las luchas de poblaciones vulnerables y una herramienta para construir un país más equitativo, digno y con oportunidades reales para todos.
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